Fecha: 2024-09-30T20:00
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San Pedro Cholula | A quince días del cambio de gobierno municipal, el Tribunal Electoral del Estado de Puebla ratificó esta noche los resultados de las votaciones del pasado 2 de junio que, oficialmente, favorecieron a Tonantzin Fernández Díaz, al declarar inoperantes e infundados, así como infundados pero insuficientes, los recursos de inconformidad presentados por el equipo jurídico de la ex candidata del PAN-PRI-PRD, Roxana Luna Porquillo.
Después de conocer la resolución, la alcaldesa electa Tonantzin Fernández Díaz se dijo contenta porque el TEE confirmó el triunfo de la cuarta transformación en San Pedro Cholula e hizo respetar la voluntad de miles de cholultecas. Ahora, reiteró, no tiene derecho a fallarles y aseguró que va a trabajar muy fuerte por las vecinas y vecinos de este municipio.
En tanto, Roxana Luna Porquillo dijo que ya esperaba este veredicto del Tribunal Estatal Electoral al “actuar bajo presión del oficialismo”. Añadió que no le sorprende el sentido del voto de los magistrados ni la tardanza porque se trata de una estrategia de dilación y anunció que va a impugnar los acuerdos ante la sala superior del Tribunal Federal Electoral.
“Esta batalla está lejos de terminar”, advirtió, la ex candidata del PAN-PRI-PRD.
Esta noche, el magistrado Luis David Benítez, en su proyecto de sentencia, propuso declarar inoperantes e infundadas las exigencias de anular los resultados de las votaciones, así como la declaración de validez de la elección y la entrega de constancia de mayoría a Tonanzin Fernández Díaz que demandaba Roxana Luna Porquillo.
Calificó como infundado el señalamiento del equipo jurídico de Roxana Luna en el sentido de que los votos emitidos el 2 de junio fueron recibidos por personas distintas a las facultadas debido a la supuesta sustitución de funcionarios de casilla. Al respecto, concluyó que todos los funcionarios de casilla cumplieron con los requisitos para integrar las mesas directivas y sus nombres estaban en los encartes o pertenecían a sus secciones, además que recibieron la capacitación correspondiente.
Respecto a la supuesta violación de principios constitucionales porque, aparentemente, el Instituto Estatal Electoral se negó a entregar documentación solicitada o cometió errores en el cómputo, el magistrado Luis David Benítez declaró fundadas estas denuncias, pero “insuficientes”, porque el Consejo General del IEE si cometió irregularidades y errores en la captura de votos, pero relativamente menores porque no modificaron sustancialmente los resultados.
Finalmente, declaró infundados el aparente uso de símbolos religiosos, presuntos actos de violencia sistemáticos que inhibieron el voto y posible rebase de los gastos en la campaña de Tonantzin Fernández Díaz.
En el caso de uso de símbolos religiosos, indicó que si se utilizó simbología que aludía a la religión católica, pero en un acto privado que no fue determinante en el resultado final de las elecciones y que “de ninguna manera” fue causa principal de que la candidata de Morena-PT-Fuerza por México ocupara la primera posición en el proceso del 2 de junio.
Mientras que los actos de violencia y rebase de gastos no fueron comprobados porque fueron denunciados mediante notas periodísticas que no tienen el suficiente sustento para demostrar las acusaciones.
Durante la sesión, el proyecto de sentencia del magistrado Luis David Benítez fue aprobado por los integrantes del Tribunal Electoral del estado de Puebla y leídos por la magistrada presidenta, Idamis Pastor Betancourt.
Cabe mencionar que en la misma sesión, los integrantes del TEE desecharon por improcedente un recurso de inconformidad presentado por Morena contra el cómputo, la validez de elección y la constancia de mayoría, en caso de que fueran entregadas a Roxana Luna Porquillo, con el argumento de que rebasó los gastos de campaña.
Finalmente, el tribunal descartó esta denuncia porque el triunfo de la abanderada del PAN-PRI-PRD no ocurrió